CAPÍTULO III. Organización del COIN · Sección 1.ª Órganos de gobierno generales del COIN
Artículo 16. Celebración de reuniones.
1. La Junta de Gobierno del COIN se reunirá obligatoriamente, como mínimo, cuatro veces al año. Su convocatoria se realizará por el Decano Presidente o, en su ausencia, el Vicedecano y, en ausencia de ambos, el miembro de la Junta de Gobierno del COIN de mayor antigüedad como colegiado.
2. Para que esté válidamente constituida, habrán de estar presentes o representados la mayoría de sus miembros.
3. Su presidencia corresponde al Decano Presidente o, en su ausencia, al Vicedecano o a su componente de mayor antigüedad como colegiado.
4. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos, dirimiendo en caso de empate el Decano Presidente o, en su ausencia, quien lo sustituya.
Texto oficial de Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (BOE-A-2012-13732). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. Celebración de reuniones. — Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos · BOE Fácil