1. El COIN tendrá ámbito nacional con plena representación en las Comunidades Autónomas y agrupará a todos los Ingenieros Navales e Ingenieros Navales y Oceánicos que, poseyendo el título académico correspondiente, expedido, reconocido u homologado por la Administración española, desarrollen las actividades propias de su profesión.
2. La sede del COIN radicará en Madrid, pudiéndose establecer las Delegaciones territoriales que se estimen oportunas, de acuerdo con lo previsto en los presentes estatutos y en los reglamentos de régimen interior.
Texto oficial de Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (BOE-A-2012-13732). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ámbito. Domicilio. — Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos · BOE Fácil