CAPÍTULO III. Organización del COIN · Sección 2.ª Delegaciones territoriales
Artículo 24. La Junta General territorial.
1. La Junta General territorial estará constituida por todos los Colegiados de la Delegación territorial de que se trate.
2. La Presidencia de la Junta General territorial corresponde al Decano territorial, asistido por la Junta de Gobierno territorial. Como Secretario de la Junta General territorial, actuará el de la Delegación territorial, quien será el encargado de levantar el acta de las reuniones que se celebren.
3. Su funcionamiento, que será siempre democrático, vendrá regulado en los estatutos de la Delegación territorial, los cuales habrán debido ser sancionados por la Junta de Gobierno del COIN para comprobar su adecuación a los Estatutos básicos territoriales.
Texto oficial de Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (BOE-A-2012-13732). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 24. La Junta General territorial. — Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos · BOE Fácil