Los órganos rectores del COIN serán:
1. Por un lado, los órganos de gobierno generales del COIN, que tendrán competencia en todo el territorio nacional, y que son:
a) La Junta General.
b) La Junta de Gobierno y su Comisión Permanente.
c) El Decano Presidente.
2. Por otro, y en el caso de creación de Delegaciones territoriales, cada una de estas Delegaciones tendrá, en su ámbito territorial, los siguientes órganos:
a) La Junta General territorial.
b) La Junta de Gobierno territorial.
c) El Decano territorial.
Texto oficial de Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (BOE-A-2012-13732). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Órganos rectores. — Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos · BOE Fácil