TÍTULO I. Obligación de documentación de las operaciones a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido · CAPÍTULO IV. Conservación de facturas y otros documentos
Artículo 23. Acceso de la Administración tributaria a las facturas y a otros documentos.
Cuando la obligación de conservación a que se refiere el artículo 19 se cumpla mediante la utilización de medios electrónicos se deberá garantizar a cualquier órgano de la Administración tributaria que esté realizando una actuación de comprobación de la situación tributaria del empresario o profesional o del sujeto pasivo el acceso en línea a los documentos conservados, así como su carga remota y utilización. El cumplimiento de esta obligación será independiente del lugar en el que se conserven los documentos.
Texto oficial de Real Decreto del Reglamento de Obligaciones de Facturación (BOE-A-2012-14696). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Acceso de la Administración tributaria a las facturas y a otros documentos. — Real Decreto del Reglamento de Obligaciones de Facturación · BOE Fácil