El presente real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en las reglas 6.ª, 11.ª y 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución española, que atribuyen al Estado la competencia sobre legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.
Texto oficial de Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero (BOE-A-2012-1674). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Títulos competenciales. — Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero · BOE Fácil