TÍTULO III. Medidas dirigidas a corregir las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos en los sectores eléctrico y gasista
Disposición adicional tercera. Validez y eficacia de las habilitaciones existentes.
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única, todas las habilitaciones y títulos habilitantes existentes a 31 de diciembre de 2009 otorgadas al amparo del régimen jurídico instaurado por la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y su normativa de desarrollo, seguirán siendo válidos y eficaces, si bien el régimen jurídico aplicable a los mismos será el que resulte de las normas introducidas en el presente real decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista (BOE-A-2012-4442). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.