Artículo 1. Peajes de acceso en aplicación del auto de 28 de febrero de 2012, dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que estima en parte el incidente planteado respecto del auto de esa Sala de 20 de diciembre de 2011, por el que se accede a adoptar medidas cautelares en relación con la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre.
En cumplimiento de lo dispuesto en el auto de 28 de febrero de 2012, dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que estima en parte el incidente de ejecución planteado respecto del auto de esa Sala de 20 de diciembre de 2011, por el que se accede a adoptar medidas cautelares en relación con la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre, los precios de los términos de potencia y energía activa de los peajes de acceso 2.0A y 2.A DHA que deben aplicarse a efectos de facturación en el periodo comprendido entre los días 1 de octubre y 22 de diciembre de 2011, ambos inclusive, serán los fijados en el anexo I de la Orden ITC/688/2011, de 30 de marzo, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2011 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial para dichas categorías.
Texto oficial de Orden IET/843/2012, de 25 de abril, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de abril de 2012 y determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial (BOE-A-2012-5527). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.