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CAPÍTULO 6. Utilización del dominio público hidráulico · Sección 1. Usos comunes y privativos

Artículo 23. Instalación de dispositivos de medida.

Texto oficial de Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta (BOE-A-2013-10270). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 23. Instalación de dispositivos de medida. — Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta · BOE Fácil