CAPÍTULO 1. Ámbito territorial y definición de Masas de Agua
Artículo 3. Identificación y delimitación de masas de agua superficial.
1. En la Demarcación Hidrográfica se han definido cuatro masas de agua superficial, tres de ellas costeras y una de tipo río. No se han identificado masas de tipo lago ni de transición, en aplicación de los criterios fijados en el apartado 2.2.1.1 de la Instrucción de Planificación Hidrológica, aprobada por la Orden ARM/2656/2008, de 16 de septiembre, a partir de los cuales se ha procedido a la delimitación de masas de agua.
2. La masa de la categoría río identificada en la Demarcación Hidrográfica es el río de Oro, cuya situación se recoge en la Lámina L.1, del anexo 1. El Cuadro C.3.1 presenta su código, nombre, tipología y coordenadas X e Y del centroide de la masa de agua.
Texto oficial de Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla (BOE-A-2013-10271). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Identificación y delimitación de masas de agua superficial. — Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla · BOE Fácil