Procederá el reintegro de las cantidades percibidas por el beneficiario de las ayudas en los supuestos y en los términos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aplicándose el procedimiento de reintegro establecido en el Título II de la citada Ley.
Así mismo, en el caso de las ayudas reguladas en el artículo 4.1 procederá el reintegro de las cantidades percibidas por las entidades aseguradoras y no abonadas al beneficiario, como consecuencia de la extinción o suspensión de la ayuda.
Texto oficial de Real Decreto de Ayudas por Reestructuración de Empresas (BOE-A-2013-12321). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. Reintegro de la ayuda. — Real Decreto de Ayudas por Reestructuración de Empresas · BOE Fácil