Disposición final primera. Gastos de organización y funcionamiento.
1. La organización y funcionamiento de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, incluida su Secretaría, será atendida con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
2. Las medidas incluidas en este real decreto no podrán suponer incremento ni de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.11 del Real Decreto 371/2021, de 25 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-8751](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8751)</small>
Texto oficial de Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa (BOE-A-2013-13069). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Gastos de organización y funcionamiento. — Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa · BOE Fácil