Disposición final quinta. Carácter ordinario de determinadas disposiciones.
La disposición adicional segunda. Medidas de apoyo al Acontecimiento de Excepcional Interés Público "Campeonato del Mundo de Vela Olímpica Santander 2014ˮ; la disposición adicional tercera. Control de entidades de Administraciones Públicas no sujetas a auditoría; la disposición adicional cuarta.Modificación de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la disposición final segunda sobre "Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercanteˮ; la disposición final tercera. Modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; la disposición final cuarta. Importaciones de productos de avituallamiento en las Islas Canarias que se destinen a suministro a determinados buques y aeronaves; y la disposición transitoria sobre aplicación de la modificación del citado Texto Refundido a las concesiones y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicha modificación, tienen carácter de ley ordinaria.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 310 de 27 de diciembre de 2013. [Ref. BOE-A-2013-13644.](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13644)</small>
Texto oficial de Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público (BOE-A-2013-13425). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.