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TÍTULO VII. De los Entes Territoriales · ECIRPF<sub>p</sub> = 0,012561 × CL<sub>2011p</sub> × IA<sub>2014/2011</sub> x 0,95

Artículo 107. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.

Texto oficial de Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE-A-2013-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 107. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. — Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 · BOE Fácil