TÍTULO VI. Normas tributarias · CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos · Sección 2.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Artículo 80. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.
Con efectos de 1 de enero de 2014, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
| Escala | Transmisiones directas — Euros | Transmisiones transversales — Euros | Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros — Euros |
| --- | --- | --- | --- |
| 1.º Por cada título con grandeza | 2.672 | 6.699 | 16.061 |
| 2.º Por cada grandeza sin título | 1.911 | 4.789 | 11.466 |
| 3.º Por cada título sin grandeza | 761 | 1.911 | 4.597 |
Texto oficial de Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE-A-2013-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 80. Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios. — Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 · BOE Fácil