TÍTULO VIII. Cotizaciones Sociales · Cuotas mensuales de cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial
Disposición adicional quinta. Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia.
Se prorroga por un año, a partir de la entrada en vigor de esta ley, el plazo a que se refiere la Disposición adicional octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en relación con la disposición adicional segunda de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre, de modificación de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público y, a su vez, en relación con la disposición transitoria primera de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y con la disposición transitoria quinta de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
> <small>Se prorroga por un año, a partir del 1 de enero de 2016, el plazo señalado por la disposición adicional 95 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. [Ref. BOE-A-2015-11644](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11644).</small>
> <small>Se prorroga por un año, a partir del 1 de enero de 2015, el plazo señalado por la disposición adicional 94 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, [Ref. BOE-A-2014-13612](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-13612).</small>
Texto oficial de Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE-A-2013-13616). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.