TÍTULO II. De las fundaciones bancarias · CAPÍTULO VII. Régimen fiscal de las fundaciones bancarias
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Se modifica la nota del grupo 812 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, «Cajas de Ahorro», que queda redactada de la siguiente forma:
«Nota: Este grupo comprende las entidades de ahorro tales como Confederación Española de Cajas de Ahorro, Cajas de Ahorro, Cajas Rurales, Cooperativas de Crédito, Fundaciones Bancarias y demás entidades análogas.»
Texto oficial de Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias (BOE-A-2013-13723). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. — Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias · BOE Fácil