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CAPÍTULO V. Reintegro de prestaciones

Disposición transitoria tercera. Intensidad del servicio de ayuda a domicilio según grado y nivel de dependencia.

Texto oficial de Real Decreto de Prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia (BOE-A-2013-13811). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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