CAPÍTULO V. Reintegro de prestaciones
Disposición transitoria tercera. Intensidad del servicio de ayuda a domicilio según grado y nivel de dependencia.
Texto oficial de Real Decreto de Prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia (BOE-A-2013-13811). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
