TÍTULO III. Organización del colegio · CAPÍTULO III. De la Junta de Gobierno
Artículo 15. Composición.
1. La Junta de Gobierno, estará compuesta por el Decano-Presidente, Vicedecano, Tesorero y seis vocales.
2. La elección de los miembros de la Junta de Gobierno será por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegidos de forma indefinida, a excepción del Decano-Presidente, que no podrá permanecer en el cargo más de ocho años.
3. Todos los miembros de la Junta de Gobierno deberán ser residentes en el ámbito territorial del Colegio.
4. Todos los cargos serán honoríficos, y sin derecho a retribución alguna por razón del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, la actuación profesional de cualquier colegiado en actividades organizadas por el Colegio podrá ser retribuida, incluso en el supuesto de que se trate de persona que ocupe alguno de dichos cargos.
Texto oficial de Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales (BOE-A-2013-2608). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Composición. — Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales · BOE Fácil