Artículo 34. Derogación parcial de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias aprobada por el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre.
Quedan derogados los artículos 7 a 10, los apartados 1.4 y 2.10 del artículo 11, el artículo 12 y el 14, el apartado 1 del artículo 15, los artículos 16 y 17, los apartados 2 a 6 del artículo 18, los artículos 19 a 22, así como los artículos 24 a 28 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias aprobada por el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre.
Texto oficial de Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios (BOE-A-2013-3402). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 34. Derogación parcial de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias aprobada por el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre. — Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios · BOE Fácil