Disposición final quinta. Incremento de gasto público.
La ejecución de las medidas que se deriven de la aplicación de este Estatuto en el ejercicio presupuestario 2013 queda condicionada a la existencia de dotación presupuestaria suficiente en el presupuesto ordinario que se aprueba para el CNI. Asimismo, en futuros ejercicios, las medidas que pudieran llevarse a cabo para el cumplimiento pleno de lo previsto en el real decreto y pudieran conllevar costes, deberán financiarse mediante reasignación de los créditos de su presupuesto ordinario sin que en ningún caso se produzca incremento de gasto, estando condicionada su puesta en práctica a las dotaciones que al efecto se establezcan en el presupuesto del Centro Nacional de Inteligencia dentro de las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Texto oficial de Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia (BOE-A-2013-3907). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Incremento de gasto público. — Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia · BOE Fácil