1. El objeto de este real decreto es la regulación de la composición, estructura y funcionamiento y atribuciones del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta, conforme a lo previsto en el artículo 36 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
2. Conforme al artículo 26.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, el Consejo del Agua es el órgano de participación y planificación de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta.
Texto oficial de Real Decreto 295/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta (BOE-A-2013-4462). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Real Decreto 295/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta · BOE Fácil