CONTENIDO NORMATIVO DEL PLAN HIDROLÓGICO DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA. Normativa y apéndices · Tabla n.º 5. Objetivos de ahorro a alcanzar en 2015 relacionados con la implantación efectiva de las actuaciones del Programa de medidas · Sección 2.ª Autorización, concesión y explotación de aguas subterráneas
Artículo 35. Recirculación profunda de agua en acuíferos para la producción de calor o frío.
Los aprovechamientos de recirculación profunda de agua en acuíferos para la producción de calor o frío, requerirán autorización expresa del Organismo de cuenca. En la documentación técnica a acompañar a la solicitud de aprovechamientos de este tipo se incluirá, además de sus características técnicas y sistema de explotación, el conjunto de elementos establecidos para la protección de los acuíferos.
Texto oficial de Real Decreto 354/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (BOE-A-2013-5318). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.