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Tabla 7. Dotaciones de agua para centrales de producción eléctrica

Artículo 46. Utilización de aguas subterráneas. Afección a anteriores aprovechamientos y protección del régimen de caudales ecológicos.

Texto oficial de Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental (BOE-A-2013-6078). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.