ESTATUTO DEL INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA (TURESPAÑA)
Artículo 9. Régimen económico y financiero.
1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) será el establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. Sin perjuicio de las competencias de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas, el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) estará sometido al control interno de su gestión económico-financiera, que será ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención Delegada en el mismo, en las condiciones y en los términos que establece la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, para los organismos autónomos.
Texto oficial de Real Decreto 425/2013, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España y se modifica parcialmente el Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (BOE-A-2013-6482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.