CAPITULO III. Organización y funcionamiento · Sección 5.ª De la secretaría general
Artículo 18. Secretaría General.
La Secretaría General del Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica lo será, indistintamente, del Pleno y de la Comisión Permanente, todo ello, sin perjuicio del resto de las atribuciones que le sean propias y de la potestad de delegación y sustitución que puedan establecerse en las normas de funcionamiento.
Texto oficial de Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (BOE-A-2013-6657). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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