CAPITULO III. Organización y funcionamiento · Sección 5.ª De la secretaría general
Disposición transitoria segunda. Sometimiento al Comité técnico de la Administración judicial electrónica de las actuaciones realizadas en el Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad.
Los documentos, informes, recomendaciones o guías elaborados o publicados, en desarrollo de las previsiones de la Ley 18/2011, de 5 de julio, por los diversos Grupos de Trabajo constituidos en el seno del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado para el establecimiento del Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad en el ámbito de la Administración de Justicia, serán sometidos para su aprobación a los órganos competentes del Comité, conforme a lo previsto en la Ley 18/2011, de 5 de julio, y el presente real decreto.
Texto oficial de Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (BOE-A-2013-6657). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Sometimiento al Comité técnico de la Administración judicial electrónica de las actuaciones realizadas en el Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad. — Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica · BOE Fácil