El Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica ejercerá sus funciones en el ámbito de sus competencias bajo los siguientes principios:
a) Colegiación de esfuerzos.
b) Cooperación interadministrativa.
c) Reutilización de la información y tecnología.
d) Fomento, difusión y empleo de los medios electrónicos en sus relaciones internas y externas garantizando que sean accesibles para las personas con discapacidad.
e) Transparencia.
f) Neutralidad jurídica, tecnológica y política.
Texto oficial de Real Decreto 396/2013, de 7 de junio, por el que se regula el Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica (BOE-A-2013-6657). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Principios. — Real Decreto 396/2013, de 7 de junio, por el que se regula el Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica · BOE Fácil