CAPÍTULO III. Destinos del personal en la situación de reserva
Disposición transitoria segunda. Destinos de concurso de méritos y Grupo de Estudio.
Hasta la publicación de la norma de desarrollo, los destinos cuya forma de asignación sea por concurso de méritos según lo establecido en esta orden, se anunciarán progresivamente, en un plazo máximo de seis meses a partir de su entrada en vigor, mediante la publicación de resoluciones de anuncios de vacantes en las que se incluirán los extremos contemplados en el artículo 5.2.
Con carácter previo a la publicación de las citadas resoluciones se constituirá un Grupo de Estudio, en el que se integrará un representante de cada asociación profesional con representación en el Consejo de la Guardia Civil, a fin de tratar los proyectos de las citadas resoluciones.
Texto oficial de Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil (BOE-A-2013-6940). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.