Disposición final tercera. Modificación del artículo 669 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
El apartado primero del artículo 669 queda redactado en los siguientes términos:
«1. Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, el 5 por ciento del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3.º del apartado 1 del artículo 647.»
Texto oficial de Real Decreto-ley de Fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (2013) (BOE-A-2013-7062). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Modificación del artículo 669 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. — Real Decreto-ley de Fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (2013) · BOE Fácil