Artículo 2. Anualidades del desajuste de ingresos para 2013.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésima primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y sin perjuicio de las anualidades que correspondan para satisfacer los derechos de cobro del sistema eléctrico pendientes a la entrada en vigor de la presente orden, las cantidades previstas para satisfacer dichos derechos son las siguientes:
| | Euros |
| --- | --- |
| Desajuste de ingresos: | |
| Anualidad FADE | 1.863.933.437 |
| Déficit extrapeninsular 2003 a 2005 | 1.460 |
| Déficit ingresos liquidaciones de las actividades reguladas en el año 2005 | 296.184.600 |
| Déficit ingresos liquidaciones de las actividades reguladas en el año 2007 | 96.409.440 |
| Déficit ingresos liquidaciones de las actividades reguladas en el año 2010 | 65.401.971 |
| Déficit ingresos liquidaciones de las actividades reguladas en el año 2011 | 26.322.317 |
| Déficit 2012 (Desajustes) | 319.784.865 |
| Total | 2.668.038.090 |
A los efectos de su liquidación y cobro, estos costes se considerarán como costes de las actividades reguladas.
> Téngase en cuenta que este artículo se declara contrario a derecho en cuanto al cómputo de la cantidad relativa a los intereses correspondientes al desajuste temporal de 2012, por Sentencia del TS de 28 de abril de 2015. [Ref. BOE-A-2015-7358](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-7358)
Texto oficial de Orden IET/1491/2013, de 1 de agosto, por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para su aplicación a partir de agosto de 2013 y por la que se revisan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial para el segundo trimestre de 2013 (BOE-A-2013-8561). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.