Este real decreto tiene por objeto regular el ejercicio de la pesca del coral rojo *(Corallium rubrum),* en aguas bajo soberanía o jurisdicción española, con excepción de las aguas interiores, así como el procedimiento de autorización para la obtención de las correspondientes licencias para su pesca. Todo ello sin perjuicio de la prohibición de la actividad en las zonas de protección pesquera a que se refiere la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de España y la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino.
Texto oficial de Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca (BOE-A-2013-8564). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca · BOE Fácil