Una vez concluido el procedimiento de concesión de autorizaciones, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Secretaría General de Pesca podrá autorizar, a petición de los interesados, que hayan obtenido autorización, la permuta de sus licencias de pesca de coral, siempre que no se perjudique a terceros.
Texto oficial de Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca (BOE-A-2013-8564). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Permuta de licencias. — Real Decreto 629/2013, de 2 de agosto, por el que se regula la pesca del coral rojo, su primera venta y el procedimiento de autorización para la obtención de licencias para su pesca · BOE Fácil