TÍTULO III. Asistencia inmediata, ayudas y derechos sociales · CAPÍTULO VI. Derechos laborales
Artículo 47. Convenios con empresas para facilitar la contratación de víctimas del terrorismo.
El Ministerio del Interior, con el fin de facilitar la contratación de las víctimas del terrorismo y la movilidad geográfica, para aquéllas que precisen trasladar su residencia con la garantía de un empleo, promoverá la suscripción de convenios de colaboración con empresas para fomentar la sensibilización sobre la violencia terrorista y la inserción laboral de las víctimas.
Texto oficial de Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo (BOE-A-2013-9680). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.