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TÍTULO II. Daños materiales

Artículo 27. Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales.

Texto oficial de Real Decreto de Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo (BOE-A-2013-9680). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 27. Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales. — Real Decreto de Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo · BOE Fácil