CAPÍTULO VIII. Régimen de inspecciones, infracciones y sanciones
Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.
Texto oficial de Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE-A-2014-10344). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.