TÍTULO III. Utilización del dominio público marítimo-terrestre · CAPÍTULO VII. Prórroga de las concesiones otorgadas al amparo de la normativa anterior a la Ley 2/2013, de 29 de mayo
Artículo 176. Documentación exigida para la tramitación de la prórroga.
> Téngase en cuenta que se declara la nulidad del Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, que suprimía este artículo, por Sentencia del TS de 31 de enero de 2024. [Ref. BOE-A-2024-7908](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-7908)
> Redacción anterior:
> "Para la tramitación de la prórroga, el titular de la concesión deberá presentar la siguiente documentación:
> a) Documentación acreditativa de la identidad del peticionario y, en su caso, del compareciente y del poder de representación en que este actúa.
> b) Declaración responsable de que las instalaciones, así como las obras o modificaciones que, en su caso, se hayan realizado durante la vigencia del título concesional, se ajustan a lo previsto en su objeto, condiciones y prescripciones.
> c) Proyectos o compromisos previstos en el artículo 175 de este reglamento, adjuntando en este caso fianza provisional de las obras."
> <small>Se declara la nulidad del Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, que suprimía este artículo por Sentencia del TS de 31 de enero de 2024. [Ref. BOE-A-2024-7908](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-7908)</small>
> <small>En el mismo sentido se pronuncia la Sentencia del TS de 28 de mayo de 2024. [Ref. BOE-A-2025-18351](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-18351)</small>
> <small>Se suprime por el art. único.22 del Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto. [Ref. BOE-A-2022-12932#au](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-12932)</small>
Texto oficial de Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas (BOE-A-2014-10345). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.