TÍTULO III. Estructura orgánica de las Fuerzas Armadas · CAPÍTULO IV. El Apoyo a la Fuerza
Artículo 32. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos humanos.
1.Los órganos del Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra, en el ámbito de los recursos humanos, son:
a) El Mando de Personal, responsable en materia de recursos humanos, asistencia al personal y asistencia sanitaria.
b) El Mando de Adiestramiento y Doctrina, responsable en materias relacionadas con la gestión del conocimiento, incluida la enseñanza.
2. El órgano del Apoyo a la Fuerza de la Armada, en el ámbito de los recursos humanos, es la Jefatura de Personal.
3. El órgano del Apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire, en el ámbito de los recursos humanos, es el Mando de Personal.
Texto oficial de Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2014-10520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 32. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos humanos. — Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil