TÍTULO II. Consideración de resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados miembros de la Unión Europea
Disposición final segunda. Título competencial.
Texto oficial de Ley Orgánica de Intercambio de Antecedentes Penales en la UE (BOE-A-2014-11713). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
