TÍTULO VIII. Gestión del Impuesto · CAPÍTULO II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias. Estimación de rentas en el método de estimación indirecta
Artículo 123. Estimación de rentas en el método de estimación indirecta.
Cuando la base imponible se determine a través del método de estimación indirecta, las cesiones de bienes y derechos y las prestaciones de servicios, en sus distintas modalidades, se presumirán retribuidas por su valor de mercado.
Texto oficial de Ley del Impuesto sobre Sociedades (BOE-A-2014-12328). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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