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TÍTULO VIII. Gestión del Impuesto · CAPÍTULO VI. Conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria

Artículo 130. Derecho a la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria.

Texto oficial de Ley del Impuesto sobre Sociedades (BOE-A-2014-12328). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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