TÍTULO VII. Protección Social, Retribuciones y Recursos · CAPÍTULO III. Recursos
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, a 28 de noviembre de 2014.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**MARIANO RAJOY BREY**
Texto oficial de Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2014-12408). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final sexta. Entrada en vigor. — Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil · BOE Fácil