TÍTULO I. De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones · CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.
Los créditos aprobados en el apartado Uno del artículo 2 de esta Ley, que ascienden a 347.843.340,85 miles de euros se financiarán:
a) Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes y que se estiman en 298.319.250,63 miles de euros; y
b) Con el endeudamiento neto resultante de las operaciones que se regulan en el Capítulo I del Título V de esta Ley.
Texto oficial de Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (BOE-A-2014-13612). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley. — Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 · BOE Fácil