Artículo 7. Presentación electrónica por Internet del modelo 143.
La presentación electrónica por internet del modelo 143 que se aprueba en el artículo 1 de la presente orden, podrá ser efectuada mediante:
a) La utilización de un sistema de identificación y autenticación, basado en certificados electrónicos reconocidos emitidos de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica que resulte admisible por la Agencia Estatal de Administración Tributaria según la normativa vigente en cada momento.
b) Sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, desarrollado en el anexo III de la Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban sistemas de identificación y autenticación distintos de la firma electrónica avanzada para relacionarse electrónicamente con la citada Agencia Tributaria.
Texto oficial de Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación (BOE-A-2014-13675). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Presentación electrónica por Internet del modelo 143. — Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación · BOE Fácil