Disposición adicional segunda. Aplicación de incrementos de tarifas de las prestaciones patrimoniales de carácter público.
Los incrementos de las tarifas unitarias previstos en el párrafo c) del artículo 92.2 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, incluidos en el artículo 1 de esta ley, se aplicarán sobre las cuantías exigibles en 2013 por cada una de las prestaciones patrimoniales de carácter público que percibe Aena Aeropuertos, S.A. y que son las que se incluyen en el anexo I de esta ley.
Texto oficial de Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social (BOE-A-2014-2219). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.