CAPÍTULO II. Ordenación y organización de las enseñanzas de Formación Profesional Básica
Artículo 3. Ordenación de las enseñanzas de Formación Profesional Básica.
1. Las enseñanzas de Formación Profesional Básica forman parte de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y deben responder a un perfil profesional. Asimismo, se ordenarán en ciclos formativos organizados en módulos profesionales de duración variable.
2. El perfil profesional incluirá al menos unidades de competencia de una cualificación profesional completa de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Texto oficial de Títulos de Formación Profesional Básica (BOE-A-2014-2360). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Ordenación de las enseñanzas de Formación Profesional Básica. — Títulos de Formación Profesional Básica · BOE Fácil