1. La presente orden tiene por objeto regular el ejercicio de la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias y capturas accesorias, recogidas en el listado del anexo I, no autorizándose la pesca con el arte de palangre de superficie dirigida a la captura de otras especies.
2. Se entiende por palangre de superficie un arte o aparejo de pesca formado por un cabo principal denominado línea madre, de longitud variable, del que penden a intervalos otros llamados brazoladas, a los que se empatan anzuelos de distinto tamaño, según el recurso pesquero al que se apliquen. En los extremos y a lo largo del cabo madre se disponen los necesarios elementos de fondeo y flotación para mantener el aparejo a distintas profundidades pero siempre sin apoyar o tener contacto alguno con el fondo marino.
Texto oficial de Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias (BOE-A-2014-4514). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Orden AAA/658/2014, de 22 de abril, por la que se regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias · BOE Fácil