CAPÍTULO IV. Umbrales de renta y patrimonio familiar
Disposición final tercera. Publicación de relaciones de beneficiarios en el «Boletín Oficial del Estado».
En aquellos casos en los que las convocatorias de becas, ayudas y premios al estudio que publique el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte así lo establezcan, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones provisionales y/o definitivas de beneficiarios o la referencia a los medios en los que aquéllas se hagan públicas.
Texto oficial de Real Decreto 472/2014, de 13 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2014-2015, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE-A-2014-6275). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.