TÍTULO II. Infraestructuras y transporte · CAPÍTULO I. Aviación civil · Sección 2.ª Regulación aeroportuaria
Artículo 30. Servicios aeroportuarios básicos.
Son servicios aeroportuarios básicos, a los efectos previstos por este capítulo, los referidos en las prestaciones patrimoniales públicas del artículo 68.2 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Texto oficial de Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE-A-2014-7064). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 30. Servicios aeroportuarios básicos. — Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia · BOE Fácil