TÍTULO III. De los sujetos de la navegación · CAPÍTULO III. De la dotación · Sección 2.ª Del capitán
Artículo 171. Concepto, designación y caracteres.
Desde que sea designado como tal, el capitán ostenta el mando y la dirección del buque, así como la jefatura de su dotación y representa a bordo la autoridad pública.
Texto oficial de Ley de Navegación Marítima (BOE-A-2014-7877). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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